Despacho
San Lorenzo del Escorial:
C/ Juan Fernández
Navarrete nº 17
28200 - San Lorenzo
del Escorial (MADRID)
Despacho
en Madrid:
C/ Ponzano nº 39-41,
5ºG
28003 - MADRID
Teléfono: 91 8903334
Móvil:
659 605270
Fax:
91 8903334
E-Mail: riglesias@madrid.cgpe.net
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- Nuestra Misión, OFRECER el mejor servicio a nuestros
Clientes.
- Nuestro Objetivo, FACILITAR el trabajo de los Letrados
para que puedan asumir la Dirección del proceso sin la preocupación de
la Gestión Judicial.
- Nuestra Filosofía, ADECUAR nuestro trabajo a la forma
de trabajo de nuestros Clientes, facilitando una Comunicación flexible,
ágil y a medida.
- Nuestro Compromiso,
GESTIONAR nuestros
Expedientes con absoluta eficacia, diligencia e implicación en el mismo.
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Ámbito Judicial:
- Madrid Capital
- San Lorenzo del Escorial:
- Colmenar de Arroyo
- Colmenarejo
- El Escorial
- Fresnedillas de la Oliva
- Navalagamella
- Robledo de Chavela
- San Lorenzo del Escorial
- Santa María de la Alameda
- Valdemaqueda
- Valdemorillo
- Villanueva del Pardillo
- Zarzalejo
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SERVICIOS:
- Gestión y representación procesal en los
Juzgados y Tribunales.
- Traslado de Notificaciones diario.
- Aviso de señalamientos, plazos y
vencimientos.
- Al ejercer en San Lorenzo del Escorial y Madrid Capital, posibilidad de continuar con la Segunda Instancia en Madrid sin cambio de Procurador.
- Asistencia
diaria a los Salones de Procuradores de San Lorenzo del Escorial y
Madrid Capital (Capitán Haya), con la comodidad de poder disponer de documentación entregada por el Órgano Judicial de San Lorenzo del Escorial en las 24 horas siguientes en el Salón de Notificaciones de Madrid.
- Seguimiento de Expedientes
- Cumplimentación de Oficios, Exhortos
y Mandamientos.
- Utilización de
las últimas tecnologías en la
gestión y comunicación de los expedientes.
- Atención personalizada a cada forma de
trabajo de cada Letrado,
estableciendo la comunicación utilizando los medios adecuados a la
gestión de cada Despacho.
- Realización de Emplazamientos,
comunicaciones y diligencias de comunicación,
según la Facultad que da a los Procuradores el artículo 152 de la LEC,
a fin de agilizar y reducir el tiempo de espera procesal
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